Estructura – Libro Genealógico

Nuestra finalidad primordial es la Defensa de la Raza Porcina Ibérica

El Libro Genealógico del cerdo Ibérico se estructura en los siguientes tipos de Registros:

La Sección Principal se divide en las siguientes categorías:

  • Categoría de Nacimientos (RN). – Se inscribirán en esta categoría los animales de ambos sexos que tengan al menos dos generaciones completas de ascendientes (padres y abuelos paternos y maternos) inscritas en el libro genealógico de la raza. Para el caso de los machos, sólo podrán inscribirse en esta categoría de nacimientos, cuando sus 4 abuelos procedan de la Sección Principal del Libro Genealógico. Para el caso de las hembras, además podrán proceder del cruce entre hembras RA-B y padres de la Sección Principal del LG.
  • Categoría Definitiva (RD). – En esta categoría se inscribirán exclusivamente animales procedentes de la Categoría de Nacimientos que además cumplan las condiciones para la calificación morfológica de la raza descritas en el apartado 2.1.3 del presente Programa de Cría.
  • Categoría de Méritos (RM). – Se inscribirán en esta Categoría los ejemplares inscritos en la Sección Principal que por sus especiales características genealógicas, productivas y morfológicas así lo merezcan. Estas especiales características serán establecidas por la Organización o Asociación oficialmente reconocida por la autoridad competente y la Comisión de Admisión, Calificación y Mejora.
    Deberán reunir los siguientes requisitos:
    • Cerda de mérito: Perteneciendo a la Sección Principal, la puntuación en el momento de su inscripción en la Categoría de Méritos debe ser, como mínimo, de 84 puntos. Haber logrado desde el inicio de su función reproductora al menos tres partos en un máximo de tres años consecutivos con al menos siete lechones destetados por parto.
    • Verraco de mérito: Perteneciendo a la Sección Principal, la puntuación en el momento de su inscripción en la Categoría de Méritos debe ser, como mínimo, la correspondiente a las categorías de muy bueno (igual o superior a 86 puntos). Haber participado, desde el inicio de su función reproductora, en las cubriciones de al menos tres parideras en tres años consecutivos, con un número medio de siete lechones nacidos por parto (salvo condiciones excepcionales ajenas a las funciones reproductivas del animal). Contar con una descendencia inscrita en la Sección Principal de al menos doce descendientes en primera generación con calificación morfológica de muy bueno, y entre ellos, al menos un macho, cuya calificación sea la correspondiente a la categoría de muy bueno (igual o superior a 86 puntos) a partir de los diez meses de edad y/o en su calificación morfológica posterior.
    • Verraco mejorante de mérito: Macho en Categoría Definitiva que, cumpliendo las condiciones de verraco de mérito, haya sido valorado genéticamente mediante su participación en el programa de mejora para la raza, y que sea como mínimo positivo al Índice Materno y al Índice de Lechón con fiabilidades mínimas de 0,3 y 0,4 respectivamente.
  • Categoría Fundacional (RF): La inscripción en esta categoría perdurará durante toda la vida del animal. La incorporación de animales en esta Categoría está cerrada. La Categoría Fundacional se mantiene vigente hasta la baja completa de los animales inscritos en su día.

La Sección Anexa se subdivide a su vez, en función de la información genealógica disponible en:

  • De tipo A o hembras base (RA-A): Son las que cumplen el prototipo racial de la raza y no se conoce alguno o ninguno de sus progenitores. Esta sección permanece cerrada a la inscripción de nuevas hembras desde abril de 2017, excepto para la nueva inscripción de ejemplares (machos y hembras) de las variedades clasificadas como amenazadas según la normativa vigente, que participan en el Programa Oficial de Conservación. Para la incorporación de reproductores pertenecientes a estas variedades en esta Sección, se visitará una vez cada explotación, debiendo a partir de ese momento realizar la declaración de cubriciones y partos, de acuerdo a lo establecido en la presente Programa de Cría. Estos animales deberán cumplir los criterios definidos para su calificación morfológica del apartado 2.1.3. del Programa de Cría.
  • De tipo B o hembras de primera generación (RA-B): Son hembras hijas de madre perteneciente a la Sección Anexa de tipo A (RA-A o hembras base) y de padre inscrito en las Categorías Fundacional, Definitivo o de Méritos de la Sección Principal y para las variedades amenazadas son ejemplares (machos y hembras) cuyo padre podrá estar inscrito en Sección Anexa o Principal. Los ejemplares que se inscriban en la Sección Anexa de tipo B deberán proceder de la Sección Anexa de Nacimientos (RNA) y cumplir los criterios para la calificación morfológica del apartado 2.1.3. del Programa de Cría.
  • Sección Anexa de Nacimientos (RNA). – En esta sección se inscribirán las hembras hijas de madres de la Sección Auxiliar de tipo A (hembras base) y de padres inscritos en las Categorías Definitiva, de Méritos o Fundacional de la SP. El resto de los requisitos serán los mismos que los establecidos para la Categoría de Nacimientos de la Sección Principal. Para las variedades amenazadas se inscribirán también los animales (machos y hembras) hijos de padres inscritos en la Sección Anexa o Principal.

Estructura

Calificación morfológica